1. Reglamento
La (LSPD) Los Santos Police Department tiene unas reglas , si estas son incumplidas por un policía se le dará una advertencia (1/2) si comete dos errores será despedido de la LSPD.
Los nombres troll no están permitidos dentro de la facción de la policía.
Artículo 1
No se abusará de la autoridad en ningún momento y se aplicará siempre la presunción de inocencia.
Artículo 2
Se podrá proceder al cacheo sin tener que informar de sus derechos a un ciudadano, puesto que no se está deteniendo o arrestando y es una acción legal. Exceptuando si se está en nivel de alerta amarilla hacia arriba.
Artículo 3
Está prohibido llevar el arma letal desenfundada en situaciones que no lo requieran.
Artículo 4
Está prohibido guardar material policial o requisados de algún robo, allanamiento o cacheo en domicilios u otras propiedades donde pueda almacenarlo, así como su propia distribución.
Artículo 5
Está prohibido usar armas no reglamentarias a no ser que un Mando lo ordene, siempre de manera extraordinaria.
Artículo 6
Está prohibido abrir fuego contra personas desarmadas (no aplicable a las personas que anteriormente hayan utilizado armas de cualquier tipo). La policía podrá disparar su arma letal sin autorización previa cuando su vida, la de un compañero o cualquier transeúnte, corra peligro, siempre valorando la vida del compañero o del mismo.
Artículo 7
En caso de que un civil se negase a la identificación, se procederá a su detención y custodia hasta que se identifique por cualquier medio. La policía podrá arrestar y llevar a comisaría a cualquier individuo que no coopere y/o entorpezca una acción policial.
Artículo 8
La policía podrá realizar controles en todo el territorio, con autorización de algún superior.
Artículo 9
Prohibido no respetar las leyes de circulación en todo momento (no aplicable a avisos urgentes). La policía deberá activar las sirenas y el puente de luces cuando vayan a un aviso.
Artículo 10
Está prohibido abandonar los vehículos policiales a su suerte, todos deben ser llevados al garaje de comisaría o ser llevado a confiscados.
Artículo 11
Los objetos incautados deben ser depositados en comisaría o entregarse a cualquier miembro de Mando.
Artículo 12
La policía podrá incautar vehículos civiles implicados en un delito. Para ello, usará la grúa y los depositará en el garaje de comisaría.
Artículo 13
Está prohibido activar las unidades especiales, aéreas e incógnito sin autorización de mando.
Artículo 14
Cuando una negociación se alargue por más de 15 min. se permitirá utilizar la fuerza para cesar con las hostilidades. Según la magnitud de la situación, Mando se reservará el derecho a emplear los medios oportunos y necesarios para neutralizar a los delincuentes.
Artículo 15
El agente que está de servicio, siempre deberá estar en la radio de TS3
Artículo 16
El Ciudadano deberá pagar $50.000 para obtener licencia de armas y pasar el examen de certificación.
Articulo 17
Los oficiales con rango de Sargento I en adelante podrán portar su arma de calibre bajo fuera de servicio. Quedara a responsabilidad del oficial hacer uso de su arma y deberá afrontar las consecuencias de su mal uso.
Articulo 18
Todo ciudadano que no tenga licencia de armas encima y porte armas será multado y puesto en disposición del código penal del Estado de San Andreas
Articulo 19
Todo Agente que entregue armas a un ciudadano será puesto a disposición de la justicia y expulsado del cuerpo.
Articulo 20
Todo oficial deberá portar su Armamento reglamentario pistola, taser, porra, linterna, radio y armadura (chaleco antibalas uso obligatorio) estando de servicio.
Articulo 21
Todo oficial, deberá registrar su horario de entrada y salida en su bitácora (en discord)
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